Originales
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículo 15.1a) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
Son normas municipales de obligatorio cumplimiento, su tipología puede ser tan amplia como la propia actividad local a través de ellas regulada. Se aprueban por el Pleno del Ayuntamiento.
Ordenanzas Generales: regulan las actividades de los ciudadanos y sus relaciones con la Administración municipal.
Ordenanzas Fiscales: las ordenanzas fiscales son las normas que regulan los impuestos o tributos de carácter obligatorio, las tasas o precios públicos que gravan el uso de determinados servicios. Cada uno de ellos requiere de una ordenanza en la que se determinará que sujetos deben de pagar, el concepto del pago y las bases que sirven para calcular la cuantía del impuesto o tarifa del mismo. Materias: reguladora de tributos, generales de gestión, recaudación e inspección, urbanísticas y de construcción.
1. Tasas
- Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del vuelo de la vía pública
- Tasa por prestación del servicio de cementerio y otros servicios fúnebres de carácter local
- Tasa del servicio de recogida de basuras
- Tasa del suministro municipal de agua potable
- Tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados por el impuesto municipal sobre circulación
- Tasa por celebración de matrimonio civil
- Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas residuales
- Tasa por utilización del pabellón municipal
- Tasa por prestación del servicio de alcantarillado, tratamiento y depuración de aguas residuales
*Fuente de información: http://bop.dpz.es/BOPZ/ y http://servicios.aragon.es/portalAALL